El Fondo de Seguro de Depósitos (FSD) cubre los depósitos elegibles en PEN y en dólares estadounidenses en bancos peruanos autorizados por la SBS hasta un techo por depositante y por institución actualmente publicado en torno a S/ 119.517. El techo se actualiza trimestralmente conforme a las normas de la SBS y está indexado a la inflación peruana — se ha elevado en repetidas ocasiones desde 2018, por lo que la cifra principal en una página de terceros puede desactualizarse en cuestión de meses. Verifique el techo vigente en fsd.org.pe o sbs.gob.pe antes de confiar en la cobertura. La afiliación es obligatoria por ley para los bancos peruanos autorizados: Banco de Crédito del Perú, BBVA Continental, Interbank y Scotiabank Perú son todos miembros del FSD, y un depósito elegible en PEN en cualquiera de ellos se encuentra dentro del mismo perímetro legal.
Yape, Plin y Tunki no son licencias independientes. Son monederos y rieles de pago operados sobre bancos autorizados y supervisados por la SBS. Yape opera dentro de BCP; Tunki opera dentro de Interbank; Plin es un riel multibancario que depende de qué banco miembro emitió la cuenta subyacente. Dado que la entidad receptora en cada caso es un banco autorizado, los saldos elegibles en PEN SÍ están cubiertos por el FSD hasta el techo por depositante y por institución — pero la cobertura se transmite a través de la licencia matriz. No existe una inscripción del FSD para «Yape» — existe una inscripción del FSD para BCP. Lea la clase de la cuenta receptora en el extracto bancario, no la marca del icono de la aplicación. El techo del FSD es por institución, de modo que distribuir fondos entre varios bancos matrices (por ejemplo, BCP a través de Yape más Interbank a través de Tunki) acumula cobertura allí donde una sola relación no lo haría.
Los saldos en EEDE no son depósitos. Las Empresas de Dinero Electrónico bajo la Ley 29985 de 2013 están supervisadas por la SBS, pero no son entidades captadoras de depósitos — los fondos de los clientes se mantienen en cuentas fiduciarias en bancos custodios y no en el balance de la EEDE. La estructura fiduciaria protege los fondos frente a la quiebra de la propia EEDE, pero no constituye un seguro de depósitos: la recuperación depende del acuerdo fiduciario y del banco custodio, no del FSD. Bim es el ejemplo vigente en el segmento minorista. El techo del FSD no se aplica, con independencia de cómo se comercialice el monedero.
Consulte la entrada del glosario SBS / Perú para un recorrido por las clases de licencia y la forma en que la SBS las publica, así como el pilar de neobancos de LatAm para una comparación entre países.